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El factoring es una vía que tienen las empresas para adelantar el mecanismo de cobro. Se trata de un contrato por el que una persona o empresa cede los créditos derivados de su actividad comercial a otra que se encarga de gestionar su cobro.
No tiene una regulación específica en nuestro marco legal, por lo que se basa en la libertad contractual. De hecho, existen diversas modalidades que pueden incluir la cobertura del riesgo de insolvencia del deudor y la posibilidad de financiar anticipando el importe de la factura, con o sin recurso.
Por medio del mecanismo factoring, una empresa puede ceder una factura o derecho de cobro a una entidad financiera, sea banco o fintech. La empresa en cuestión, a cambio, espera un abono por la cantidad total o parcial sobre el monto total de esa factura, algo que se acuerda mediante previa negociación.
El dinero recibido es un adelanto express que pudiera ayudar a subsanar contingencias o inversiones de imprevisto en su empresa.
Al tener cuentas pendientes por cobrar, cuyo vencimiento aún no se aproxima, a través del factoring una institución financiera debidamente acreditada te puede dar acceso a los fondos necesarios y ésta, a cambio, se encargaría de efectuar el cobro de esas facturas en el tiempo estimado para su pago.
Según sea el acuerdo al que llegues con la entidad financiera, existen diferentes tipos de factoring con sus riesgos inherentes:
La empresa financiera asume todo el riesgo de impago por parte del deudor, siendo esta la modalidad más extendida en este tipo de mecanismos.
A diferencia del anterior, la empresa que contrata a la entidad financiera es quien asumirá el riesgo de insolvencia por parte del deudor.
Sucede cuando la entidad financiera notifica al deudor sobre la factura cedida. Desde ese momento, el deudor queda en la obligación de cumplir con el pago a la institución financiera según los términos acordados para ello.
Implica que el deudor realice los pagos a la empresa aún cuando no tenga constancia sobre la cesión de facturas.
En esta modalidad, la empresa se encarga de los cobros en nombre de la entidad financiera y queda en la obligación de transferirlos conforme vaya recibiendo los pagos acordados de sus deudores.
Se trata de todos los tipos ya mencionados, solo que en este, la empresa puede estar en la obligación de ceder a la entidad financiera la totalidad de su facturación sobre uno, varios o todos los deudores que hayan sido incluidos en la operación de factoring.
El principal beneficio que obtiene una empresa al emplear el mecanismo factoring, es el de inyección de dinero líquido a su caja, que por naturalidad, mejorará la capacidad de financiación de su negocio.
Pero como todo servicio financiero, este también conlleva a asumir costes relacionados a la operación. Uno de ellos, es el interés que es aplicado al capital anticipado durante el tiempo que dure la cesión. El otro, es la comisión generada que servirá para respaldar los costos asociados de dicha operación.
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